Ecuador fija sobretasa arancelaria a importaciones de fruta
El Comité de Comercio Exterior de Ecuador resolvió establecer una sobretasa arancelaria, de carácter temporal y no discriminatorio, con el propósito de regular el nivel general de importaciones, y de esta manera, salvaguardar el equilibrio de la balanza de pagos.
“El panorama externo ha modificado las previsiones relacionadas con nuestra balanza de pagos y nos enfrenta a un nuevo escenario que afecta el ámbito comercial como es la baja del precio del petróleo, la apreciación del dólar norteamericano, por lo que se hace necesario tomar medidas para regular el nivel general de las importaciones y equilibrar nuestra Balanza Comercial”, manifestó el Ministerio de Comercio en un comunicado.
“Es así que el Gobierno Nacional ha adoptado una serie de medidas para mitigar los impactos de este nuevo escenario, y se ve necesario sustituir la salvaguardia cambiaria por una medida de salvaguardia por balanza de pagos que consiste en la aplicación de aranceles a determinadas importaciones”, agregó
De acuerdo a la entidad gubernamental, la medida -adoptada el 6 de marzo y que entrará en vigencia el 11 de marzo- es aceptada por la Organización Mundial de Comercio (OMC), organismo que permite aplicarla para salvaguardar el equilibrio externo.
“La aplicación de esta medida ha sido socializada y debatida con el sector privado, ya que se ha realizado una serie de diálogos y análisis con el fin de minimizar el impacto sobre el aparato productivo nacional, tampoco afectaría a mercaderías en tránsito”.
La sobretasa arancelaria se aplicará de la siguiente manera: 5% a bienes de capital y materias no primas esenciales; 15% a bienes de sensibilidad media; 25% neumáticos, cerámica, CKD de televisores y CKD motos; y 45% a bienes de consumo final, televisores y motos. Entre los bienes de consumo final se encuentran varias frutas, entre ellas higos, piñas, aguacates (paltas), mangos y mangostanes, naranjas, así como mandarinas, limones y manzanas.
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Los rubros que se han exceptuado de esta medida son: materia primas y bienes de capital: artículos de higiene personal y uso en el hogar; medicinas y equipo médico; repuestos de vehículos; combustibles y lubricantes; e importaciones por correo rápido o courier y menaje de casa.
Quedan excluidas de esta medida el 68% del total de las importaciones sobre el valor actual de las mercancías.
“El Gobierno Nacional manifiesta que esta medida es temporal, es decir, tendrá una duración de 15 meses, tiempo durante el cual se realizarán evaluaciones periódicas y luego concluido el plazo se hará un cronograma de desgravación”, señaló el Ministerio.