Argentina establece sistema de monitoreo de las exportaciones de jugo de limón a Estados Unidos
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El gobierno argentino, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, resolvió crear un sistema de monitoreo de exportaciones de jugo de limón a Estados Unidos, en sus distintas modalidades de procesamiento.
La medida tiene como objetivo garantizar el cumplimiento del Acuerdo de Suspensión de Investigación de Derechos Antidumping al Jugo Concentrado de Limón firmado en 2016 y que se renovó en enero de 2025.
Frente a esto, todos los exportadores argentinos signatarios del Acuerdo deberán anticipar la información relativa a sus envíos con destino al país del norte.
La implementación de este sistema de monitoreo estará vigente mientras dure el Acuerdo de Suspensión y se aplicará al 100% de las operaciones de exportación anuales de jugo de limón concentrado en los formatos: concentrado, concentrado congelado clarificado, otros jugos de limón concentrado y jugos agrios no concentrados.
Cabe destacar que las empresas signatarias serán las únicas habilitadas a exportar a dicho mercado, incluido Puerto Rico.
Argentina es el principal proveedor de jugo concentrado de limón a Estados Unidos, con una participación de mercado del 34% en 2023. Un año después, dicha participación aumentó al 37%.
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Acuerdo de suspensión para el jugo de limón
El Acuerdo de Suspensión de la Investigación de Derechos Antidumping al Jugo Concentrado de Limón entre el Departamento de Comercio de Estados Unidos y los exportadores de Argentina se firmó el 20 de octubre de 2016. Este incluyó, sustancialmente, a todos los productores/exportadores de jugo de limón del país sudamericano, estableciendo precios de referencia fijos para el jugo concentrado de limón.
A raíz de repetidos incumplimientos a los términos del Acuerdo, motivados por la volatilidad del precio internacional del producto, el 17 de enero de 2025 se firmó una Adenda, con modificaciones que establecen precios de referencia actualizados para la exportación de jugo concentrado de limón, junto a mecanismos de ajustes de dichos precios y la necesidad de regímenes de monitoreo de las exportaciones para asegurar el cumplimiento de los precios de referencia, entre otras cláusulas.
Ahora, cualquier incumplimiento del Acuerdo por parte del sector privado, comportaría la rescisión del mismo y conllevaría a la posible pérdida del mercado estadounidense por la aplicación de derechos antidumping exorbitantes para la totalidad de las exportaciones de jugo concentrado de limón originario de Argentina.
Puede revisar el documento completo aquí (Resolución 18/2025)