Colombia: Hay 6 millones de hectáreas para restituir a las víctimas
Luego de surtir los debates normativos en La Cámara y Senado, el presidente Juan Manuel Santos, con la presencia del secretario de la Organización de las Naciones Unidas, Ban Ki- Moon, sancionó la ley de víctimas y restitución de tierras.
Con la norma se toman "medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno".
Según se anunció en Presidencia para este objetivo se invertirán al rededor de $20 a $40 billones que se desembolsarán durante los 10 años de vigencia de la norma.
Esta es una ley importante, que aunque ha encontrado voces de oposición en el Polo Democrático Alternativo, reconoce la existencia de un conflicto armado y a todas las víctimas sin importar el victimario, es decir incluye a perjudicados por agentes del Estado, en la reparación administrativa, el afectado tiene múltiples instancias para acceder a los beneficios y la cobertura en términos de salud, que será financiada por el Estado. Además le da la importancia de la empresa privada para la inclusión de las personas a la vida civil y laboral.
La ley intenta restablecer los derechos simbólicos, jurídicos y económicos que han perdido las víctimas durante el conflicto armado del país. Este se enmarcará en un tipo de justicia transicional, especializado que busca la resolución del conflicto armado procurando la verdad, reconciliación, reparación y promesa de no repetición.
Este aparato normativo vendrá acompañado de una reorganización administrativa del Estado, de tal manera que, surgirá una nueva institución denominada Dependencia Especial para la Atención y Reparación a las Víctimas.
La Dependencia , estará integrada por siete altos funcionarios del Estado, en cabeza del Presidente de la República, o su delegado. Tendrá autonomía presupuestal y se planea entre a funcionar en el plazo aproximado de un año, la entidad realizará un proceso de transición con la actual Comisión Nacional de Reparación y Restitución.
Por otra parte, el Estado se compromete a establecer un Plan Nacional de Financiación mediante un documento Conpes que propenda por la sostenibilidad económica de esta norma. Allí la empresa privada será protagonista.
Sobre la ley de víctimas
La ley, reconoce como víctimas a todos quienes les ha sido vulnerado sus derechos fundamentales, sus familias con primer grado de consanguinidad, el cónyuge o compañero permanente. También, incluye a niños, niñas y jóvenes que hayan sido desvinculados de grupos al margen de la ley, siendo menores de edad.
Para acceder a los beneficios de esta norma se ha establecido tres fechas clave como parámetro para el cubrimiento y el accionar de ésta.
En primer lugar, todas las víctimas serán reconocidas, valoradas y escuchadas, pero las personas que fueron afectadas antes del primero de enero de 1985, sólo tendrán una reparación simbólica, la verdad y la justicia. Fe otro lado, a partir de esa misma fecha, las conductas punibles que afectaron a una colectividad o a algún individuo serán también reparadas en este aspecto y económicamente, y los que fueron afectados desde el primero de enero de 1991, podrán acceder a los anteriores beneficios y a la restitución de tierras.
Una novedad en esta materia es la llamada `buena fe` del Estado, lo que indica que la víctima debe presentarse y en el caso de una reparación administrativa "las autoridades deberán acudir a reglas de prueba que faciliten a las víctimas la demostración del daño sufrido". La idea es que no sean las víctimas las que deban demostrar su caracter. El Estado, además deberá garantizar la no repetición y proteger a todos quienes han entrado en este proceso de justicia trancisional.
Sobre la restitución de tierras
El proceso de restitución de tierras se define como la posibilidad que tienen las víctimas, en el marco de la reparación integral, a recuperar el derecho que tenían las personas sobre "un bien inmueble rural, afectado por el abandono forzado o despojo, en el marco del conflicto armado interno". En el proceso las mujeres cabeza de familia recibirán especial atención y sus casos tendrán prelación frente a otros.
Para proteger al restituido en su derecho el predio no será transferible por acto entre vivos a ningún título durante los siguientes 2 años contados, salvo que sea entre el despojado y el Estado.
Proceso de registro
Para que la víctima pueda acceder a los beneficios, tendrá que primero hacer un registro ante la nueva dependencia, y a partir de allí deberá esperar un plazo máximo de 60 días para recibir respuesta. Allí la entidad no confiere el carácter de víctima, sino se decide si se le otorga o no los beneficios al solicitante.
En el caso en que sean denegados la persona afectada tendrá otras instancias para obtener otro resultado: tiene la posibilidad de anteponer un recurso de reposición del que recibirá respuesta en los 5 días después de interpuesta la petición. Y en caso de que este, también se resuelva de manera negativa para el demandante, habrá una segunda una instancia, final por medio de un recurso de apelación ante el Director de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y en un 5 días debe tener la decisión final.
La memoria
La ley afirma que se debe integrar un archivo con los documentos originales o copias fidedignas de todos los hechos victimizantes a los que hace referencia la presente ley, y deben reposar en lugares públicos como bibliotecas, museos o archivos de entidades del Estado.
En Supermercados y cajeros se podrá aportar a la Ley
Según informaciones de Colprensa, el director de Justicia Transicional del Ministerio del Interior y de Justicia, Miguel Samper Strouss, informó que una de las medidas que se incorporaron en la Ley de Víctimas es que la iniciativa podrá ser financiada a través de cajeros automáticos o supermercados de cadena. La ley establece que para ser financiada se implementará en los cajeros una pregunta acerca de si el usuario desea donar algún dinero para las víctimas, tal como sucederá en los supermercados. La empresa privada será un actor fundamental de manera que la ley establece que las víctimas podrán elegir el sitio en donde sus hijos van a estudiar. Así mismo, se le va a entregar a las victimas un subsidio para gastos funerarios, en caso de ser necesarios. Strouss informó que las personas que estén intentando apoderarse de tierras tendrán que pagar entre 8 y 12 años de cárcel.
Puntos clave de la restitución de tierras
1.Las víctimas de despojo o abandono forzoso son quienes podrán acceder a la restitución de sus tierras en el marco del conflicto armado interno a partir de enero de 1991.
2. La restitución puede ser reclamada por los propietarios es decir, quienes tenían registro ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, los poseedores y los ocupantes de predios baldíos.
3. Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas será el órgano administrativo del Gobierno Nacional para la restitución de tierras a los despojados.
4. La víctima que solicita la restitución sólo debe aportar una prueba mínima del despojo y de su calidad de propietario, para en caso de que alguien desee oponerse.
5. La inscripción de un predio en el registro de tierras despojadas será requisito de procedibilidad para iniciar la acción de restitución y estará a cargo de la Unidad.
6. Las compensaciones operan cuando es imposible la restitución, porque el inmueble implica un riesgo en la vida o integridad de los restituidos, por desastre natural o despojos sucesivos.
7. La ley se implementará de manera gradual comenzando por las zonas donde hubo mayor concentración del abandono forzado y el despojo de tierras, hacia las zonas de menor intensidad.
8. El Ministerio de Defensa ha implementado el Centro Integrado de Inteligencia para la Restitución de Tierras con el objeto de analizar y neutralizar las amenazas que pueden afectar el proceso.
9. La Unidad tiene 60 días para decidir sobre la inclusión del caso en el Registro y que podrían ampliarse a 30 días más. El Juez o Magistrado dictará el fallo dentro de los cuatro meses siguientes.
10. Desde el momento en que sea sancionada la ley Ministerio de Agricultura a través de los equipos regionales atenderá y orientará a las víctimas e iniciará la documentación.
Las opiniones
Juan Fernando Cristo, Coordinador ponente
"Aunque el proyecto sufrió algunos ajustes técnicos en redacción, mantiene el espíritu de reconocer el conflicto armado que vive el país y a todas sus víctimas".
Juan Camilo Restrepo, Ministro de Agricultura
"La restitución a las víctimas será jurídica y material. La primera implica el restablecimiento formal de los derechos y la material se cumplirá con la devolución física del predio".
Miguel Samper Strouss, Director de Justicia Transicional del Ministerio del Interior y de Justicia
"Las personas que han sido condenadas por contribuir al paramilitarismo o a la guerrilla tendrán que reparar a las víctimas de la violencia en Colombia".
Jorge Enrique Robledo, Senador del Polo Democrático Alternativo
"Este es un proyecto con intenciones demagógicas que no atiende las necesidades reales de las víctimas del conflicto armado y no cumple con normas de la Corte Constitucional".
Fuente: La República