Chile: Diputados aprueban proyecto que refuerza prevención del delito de abigeato
Con 91 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación en primer trámite constitucional y despachó al Senado un proyecto de ley que mejora la fiscalización para la prevención del delito de abigeato.
La iniciativa legal se originó en un mensaje del Ejecutivo que fue ingresado a trámite en enero de este año y tramitado en general y particular en la Comisión de Agricultura.
Según el mensaje, el robo o hurto del todo o parte de animales o de sus derivados constituye un problema que se ha incrementado en un 50 % en los últimos años, afectando a miles de propietarios de ganado de nuestro país.
Datos del Ministerio Público revelan que durante el año 2009 se puso término a cerca de 8 mil causas por abigeato, de las cuales sólo el 3% culminó con una sentencia definitiva condenatoria. La alta tasa de impunidad por este delito se debería principalmente a las dificultades existentes para determinar tanto a los autores del delito como la procedencia, legítima o ilegítima, de los animales, sus partes o derivados.
La concentración geográfica del delito se produce en la zona centro-sur del país, específicamente en las regiones del Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, donde se registra más del 77% del total de denuncias y detenciones.
Agrega el mensaje que la actual regulación del delito de abigeato y sus últimas modificaciones se han concentrado en la perspectiva penal, mientras que este proyecto busca adelantarse a la comisión del delito. Para tal fin propone mejorar las disposiciones relativas a la fiscalización que realizan los organismos estatales, asignando mayores y mejores herramientas para el desarrollo de un rol preventivo de las mismas.
La iniciativa legal modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 16 del Ministerio de Hacienda, del año 1963, sobre Sanidad y Protección Animal, con el propósito de eliminar la guía de libre tránsito como documento idóneo para realizar el trasporte de ganado -remplazándola por un formulario de movimiento animal-y establece sanciones para los dueños, gerentes o empleados de ferias de ganado y mataderos que reciban, rematen o beneficien animales sin haber recepcionado el respectivo formulario de movimiento animal, emitido en el establecimiento de origen.
Asimismo, adecua la multa existente para quien vulnere el decreto supremo que prohíbe total o parcialmente el beneficio de cualquier tipo de animal o ave, estableciendo que será de hasta 100 unidades tributarias mensuales para el infractor.
El proyecto también modifica la Ley 18.755 del Servicio Agrícola y Ganadero con el fin de aumentar las facultades de fiscalización de sus inspectores para requerir, examinar e incautar libros y documentos, además de retener, trasladar o inmovilizar elementos, insumos o productos y los vehículos cuando se presuma fundadamente que ellos han sido utilizados para cometer infracciones.
Finalmente, se reforma el Código Penal estableciendo que en el caso que una persona no pueda acreditar la legítima tenencia de ganado cuando sea objeto de control policial se dará aviso a la Fiscalía, el Servicio de Impuestos Internos y al SAG para determinar las responsabilidades penales, tributarias y administrativas.
Fuente: Cámara de Diputados