Perú: Este sábado 31 entra en vigencia acuerdo comercial entre Perú y Tailandia

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Perú: Este sábado 31 entra en vigencia acuerdo comercial entre Perú y Tailandia

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso poner en ejecución a partir del 31 de diciembre del 2011 el Protocolo entre Perú y Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales, conocido como Protocolo de Cosecha Temprana y sus protocolos adicionales.

El 25 de octubre pasado el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) ya había ratificado, mediante decreto supremo, dicho protocolo suscrito el 19 de noviembre del 2005 en Busán,  Corea del Sur, y sus protocolos adicionales, y dispuso que se de cuenta del mismo al Congreso peruano.

El Primer Protocolo Adicional fue suscrito el 16 de noviembre del 2006 en la ciudad de Hanoi (Vietnam), el Segundo Protocolo Adicional el 13 de noviembre del 2008 en la ciudad de Singapur (Singapur) y el Tercer Protocolo Adicional el 18 de noviembre del 2010 en la ciudad de Bangkok (Tailandia).

Según un decreto supremo del Mincetur publicado hoy, este acuerdo comercial entrará en vigencia en la fecha de recepción de la última notificación efectuada por las partes sobre la conclusión de sus procedimientos internos.

El 3 de noviembre del presente año Perú notificó a Tailandia la culminación de su procedimiento interno para la entrada en vigencia del protocolo y sus adicionales.

Igualmente, de conformidad con lo acordado entre ambos estados, Tailandia notificará la culminación de su procedimiento interno para la entrada en vigencia del acuerdo comercial este sábado 31, la cual será recibida en la misma fecha por Perú, con lo que se dará cumplimiento a lo dispuesto para que el acuerdo entre en vigencia.

El Mincetur comunicará a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la adecuada ejecución del acuerdo comercial, así como las precisiones necesarias sobre sus alcances.

En el protocolo y los protocolos adicionales se negociaron los temas: Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Salvaguardias, Obstáculos Técnicos al Comercio, Procedimientos Aduaneros, Asuntos Institucionales y Solución de Controversias.

Los principales productos exportados por Perú a Tailandia son minerales de zinc y sus concentrados, cobre y sus concentrados, harina, polvo y pellets de pescado, jibias, uvas frescas, tara en polvo.

El primer contacto con Tailandia se inició en octubre del año 2002, cuando los entonces presidente de Perú, Alejandro Toledo, y primer ministro de Tailandia, Thaksin Shinawatra, acordaron concretar el marco para un acuerdo bilateral.

El 17 de octubre del año 2003 se suscribió el Acuerdo Marco para una Asociación más cercana entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Tailandia.

En noviembre del año 2005, luego de siete rondas de negociación, culminó la negociación del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio.

La liberalización arancelaria abarca a aproximadamente el 75 por ciento de las subpartidas arancelarias del arancel de ambos países. Estas subpartidas corresponden a la canasta A (liberalización inmediata, cuando el protocolo entre en vigencia) y canasta B (liberalización en cinco años).

Los Requisitos Específicos de Origen (REO) se terminaron de negociar en noviembre del 2006 y forman parte del Protocolo Adicional al Protocolo bilateral. Los REO acordados son los correspondientes a las subpartidas arancelarias para las que se han convenido rebajas arancelarias.

Las medidas de facilitación y de regulación del comercio de mercancías (medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio, procedimientos aduaneros, transparencia y solución de controversias) se aplicarán a todo el universo arancelario.

El Segundo Protocolo Adicional adecua las partidas arancelarias y los REO negociados en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías 2002 (HS 2002) al Sistema 2007 vigente.

En noviembre del 2010 se suscribió el Tercer Protocolo Adicional a través del cual se modificaron algunos literales del Artículo sobre Mercancías Obtenidas en su Totalidad o Producidas Enteramente del Anexo de Reglas de Origen, con el objeto de dar mayor precisión a las disposiciones allí contenidas.

Asimismo, en este último Protocolo Adicional se incluyó un artículo sobre Facturación por Terceros en el mismo Anexo, el cual permitirá emitir certificados de origen sobre la base de facturas comerciales emitidas en un país no Parte, adecuándose a las prácticas comerciales vigentes.

Fuente: Andina

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